El jefe de registro civil es responsable de la administración, ejecución y control de los registros e Estado civil, las estadísticas vitales y los programas de promoción en materia registral y tiene las siguientes funciones.
FUNCIONES ESPECÍFICAS
Registra y expide las partidas de nacimiento, matrimonio, y de defunción a solicitud de los interesados.
Publica las ordenanzas y otras resoluciones municipales referidas a los estados civiles.
Revisa los expedientes que se acojan a las inscripciones extraordinarias.
Realiza reactivos y recomendaciones de actos.
Atiende y oriente al público de su competencia.
Controla ejecuta y lleva los libros de actas matrimoniales y divorcios según corresponda.
Elabora el plan de trabajo de su unidad.
Prepara informes de los nacimientos y defunciones, los mismos que deberá remitir a las instancias correspondientes.
Remitir en forma mensual los datos estadísticos de nacimiento y defunciones al área de salud.
Lleva el registro de los estados civiles.
Reemplaza al Alcalde en las celebraciones de matrimonios cuando este lo delegue.
Guarda absoluta reserva de los documentos de su unidad.
Evaluar la aplicación de normas y procedimientos técnicos del área.
Participar en reuniones multisectoriales para tratar asuntos relacionados con la asistencia social.
Recopilar, clasificar y tabular información necesaria para la ejecución de programa y actividades de asistencia social.
Propone directivas que sean necesarias para su aprobación en el cumplimiento de sus funciones.
Velar celosamente de todo el acervo documentario existente en su oficina evitando a su vez la infidencia.
Programar y realizar matrimonios en sus diversas modalidades e inscribir en el libro respectivo.
Administra, organizar y controlar en orden cronológico los libros y archivos de registro civil utilizando sistemas y métodos más simplificados.
Llevar las estadísticas actualizados de los registros civiles.
Otorgar opinión para expedir resoluciones registrales de inscripciones administrativas y rectificaciones administrativas de partidas de nacimiento, defunción y patrimonio.
Inscribir nacimientos y defunciones ordinarios o por el orden judicial.
Preparar información para remitir a instituciones que realizan actividades análogas y/o complementarios como Oficinas de Registro Electoral, RENIEC, INEI, MINSA, Municipalidades, juzgados de paz letrado y no letrado a nivel local, regional y nacional.
Preparar información para otorgar certificaciones, constancias, anotar en los registros, divorcios, reconocimientos judiciales y otras acciones en los registros de estados civil por mandato de la ley.
Atender a las solicitudes de legitimación, reconocimiento y otros como rectificaciones de partidas y derivar a las instancias correspondientes.